La campaña de la renta 2016 arrancará el próximo 5 de abril para las declaraciones tramitadas por Internet e incluye algunas novedades de las que no debemos olvidarnos a la hora de acudir a nuestra cita con el fisco. Las principales, a continuación:

Renta web

Este año se elimina definitivamente el programa PADRE y se sustituye por un nuevo sistema: el Renta Web, una mezcla del extinto Padre y del borrador que estará a disposición de todos los declarantes, independientemente de que sus rentas procedan del trabajo, del capital o de actividades económicas.

Al Renta Web se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración -como lo era el borrador-, pero más sencilla y ampliada a todos los contribuyentes.

Borrador

Se generaliza para todos los declarantes. Una de las principales novedades de este ejercicio, tal y como la propia Agencia Tributaria destaca en la recién publicada orden ministerial por la que se aprobaron los modelos de declaración del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio, es que se generaliza el borrador a todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas obtenidas.

Cláusulas suelo

Entre las novedades legislativas, especial mención merecen las cláusulas suelo. Quienes hayan recuperado -en metálico- el pasado año el dinero abonado de más en su hipoteca por el límite a la bajada de intereses tendrán que regularizarlo en su próxima declaración del IRPF.

Aunque ni la cuantía principal ni los intereses de demora computarán en la base imponible de la renta, sí tendrán que regularizar las deducciones excesivas que se hubiesen aplicado por compra de vivienda o por gasto desgravable en el caso de actividades económicas.

Podrán hacerlo en la declaración del 2016, sin necesidad de presentar una complementaria, y únicamente para los cuatro últimos ejercicios, que son los no prescritos.

El ajuste deberá hacerse completando las casillas 524 y 526 de la declaración, que son las correspondientes a la regularización de deducciones. Solo deberán hacerlo los contribuyentes que han recuperado el dinero en metálico, ya que los que hubieran optado por reducir el principal del préstamo no tendrán que devolver lo indebidamente deducido, aunque no podrán volver a desgravar por ello.

Rectificación

Por primera vez, en la propia declaración. Otra de las novedades de esta campaña es que, hasta el 30 de junio, será posible realizar la rectificación del impuesto a través de la propia declaración para subsanar errores u omisiones del contribuyente que provoquen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso. Si el ciudadano marca la casilla de solicitud de rectificación, la misma declaración hará las funciones de escrito de solicitud de enmienda de autoliquidación.